Da TEEM ultimátum a Ocuilan: deben tomar protesta al alcalde suplente – El Sol de Toluca

Ante el incumplimiento del cabildo de Ocuilan para darle posesión al alcalde suplente, Wilfrido Pérez Segura, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) ordenó que quien ocupe la primera regiduría asuma la titularidad del ayuntamiento, de forma provisional y nombre a una o un secretario del mismo para que ambos tomen protesta al edil suplente. De no ser así, el tribunal dará vista a la Contraloría del Poder Legislativo mexiquense y a la Fiscalía estatal.

El pasado 26 de octubre, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) ordenó al encargado de despacho de la Secretaría del ayuntamiento de Ocuilan llamar al alcalde suplente Wilfrido Pérez Segura para que tomara posesión del cargo y revocó la decisión de nombrar a un presidente por ministerio de ley y de otorgar una licencia al edil propietario, quien se encuentra en prisión.

Sin embargo, la sentencia no se cumplió porque al parecer se venció el plazo para el que había sido nombrado el encargado de despacho de la Secretaría del ayuntamiento.

Cabe recordar que el presidente propietario está privado de su libertad, al interior del centro penitenciario de Tenango Sur, Estado de México, pues enfrenta un proceso penal por su probable participación en un delito calificado como grave; por lo cual, está impedido de ejercer el encargo para el que fue electo.

El TEEM consideró que en tanto no se dicte un fallo absolutorio a su favor, o se determine de manera previa la posibilidad de seguir el juicio en libertad, las personas privadas de su libertad se encuentran imposibilitadas para ejercer, entre otros derechos, los político-electorales de ser votados y de ejercicio y desempeño del cargo.

Dan ultimátum

Por unanimidad de votos el TEEM determinó vincular a la persona que ocupa la titularidad de la primera regiduría para que en un plazo de 72 horas, siguientes a que sea notificado, asuma de manera extraordinaria la titularidad del ayuntamiento y nombre de manera provisional a un secretario o a una secretaria del ayuntamiento de entre las

personas titulares de la Consejería Jurídica y/o Dirección de Gobernación, o cualquier otra dirección administrativa, y entre ambos, citen al alcalde suplente Wilfrido Pérez Segura para que rinda protesta al cargo de presidente municipal.

El regidor tendrá el nombramiento como titular del ayuntamiento únicamente para la toma de protesta del presidente municipal y para convocar a las y los integrantes del cabildo, en forma inmediata a la notificación del acuerdo emitido por el pleno del TEEM.

Ese órgano también vinculó a los demás integrantes del cabildo, a efecto de que garanticen que el ciudadano Wilfrido Pérez Segura ocupe la presidencia municipal de Ocuilan.

De igual forma vinculó a quien ocupa la titularidad de la primera regiduría del ayuntamiento de Ocuilan para que informe al Tribunal Electoral sobre el cumplimiento a la resolución, en un plazo de 24 horas posteriores a que ello ocurra, y adjunte copias certificadas de las constancias que así lo acrediten.

También le apercibió que, en caso de incumplir con lo ordenado, le será aplicada alguna de las medidas de apremio previstas en el artículo 456, del Código Electoral del Estado de México y se dará vista a la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México y a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México.

El TEEM recordó que la plena ejecución de una resolución comprende la remoción de todos los obstáculos que impidan su ejecución, así como la realización de todos los actos necesarios para ello.

En sesión de pleno, del 26 de octubre, las y los magistrados revocaron la determinación de los integrantes del ayuntamiento de Ocuilan de nombrar a Roberto Jesús Valle Barona como presidente municipal por Ministerio de ley del 28 de septiembre al 26 de diciembre del 2022.

También echaron atrás la aprobación de la solicitud de licencia temporal, por 90 días, otorgada a Emilio Arriaga Villa, presidente municipal propietario, quien se encuentra en prisión, y establecieron que de dictarse sentencia absolutoria estará en condiciones de acceder al cargo, sin un procedimiento previo ante el tribunal.

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