El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) aprobó los formatos únicos de documentación electoral para el voto anticipado de personas con alguna discapacidad, limitación o impedimento físico, a fin de que puedan votar desde su domicilio y los formatos para el voto de personas en prisión preventiva.
En la elección del cuatro de junio, donde se disputará la gubernatura del Estado de México, se instrumentarán ambas modalidades para que puedan votar las personas con discapacidad y quienes estén en prisión, sin haber recibido sentencia.
Voto anticipado
La consejera Sandra López Bringas explicó que el voto anticipado es un programa piloto que se instrumenta con el Instituto Nacional Electoral, a fin de impulsar la inclusión y medidas de nivelación para garantizar el sufragio de la ciudadanía limitada por alguna circunstancia física.
De esa forma, abundó, atienden diversas normas internacionales de Derechos Humanos, los principios de universalidad, progresividad y se aprueba el formato de la boleta para la elección, así como otro material idéntico al que será utilizado en la jornada electoral. La única diferencia es que tendrá una leyenda de: “voto anticipado”.
El objetivo, señaló, es que todas las personas puedan votar sin discriminación y se logre un alcance mayor.
La consejera Karina Vaquera detalló que están aprobando formatos únicos y con la prueba piloto que se llevará a cabo en Coahuila y el Estado de México se materializa el respeto al derecho político de votar de personas con alguna discapacidad o con dificultad, o imposibilidad de acudir a las casillas.
El 15% de la población mundial, de acuerdo con el Banco Mundial, refirió, sufre algún tipo de discapacidad y la prevalencia es mayor en países en vías de desarrollo.
De hecho, en México se calcula que un seis por ciento de la población vive con alguna discapacidad, es decir, más de cinco millones de personas.
Advirtió la obligación del Estado de garantizar el derecho al voto, a través de medidas administrativas, legislativas o de cualquier índole para hacer efectivo ese derecho.
La consejera electoral llamó a promover el voto anticipado entre personas con alguna discapacidad.
La Consejera Patricia Lozano señaló que por primera vez se aplicará la modalidad de voto anticipado, pero también para personas que están en prisión preventiva.
López Bringas pidió estar atentos a la fecha de corte de la lista nominal, pues las personas con alguna discapacidad credencializadas deberán hacer la solicitud al INE y éste habilitará un módulo de atención para acudir a su domicilio.
Prisión preventiva
El Consejo General del IEEM también avaló los formatos únicos para las personas en prisión preventiva: un proceso que se lleva a cabo desde hace años, pues de acuerdo con la Sala Superior del Tribunal Electoral, quienes están en prisión, sin sentencia, tienen derecho al sufragio.
La Consejera Sandra López refirió que existen sentencias del Tribunal y el año pasado la Legislatura local aprobó un punto de acuerdo para que se pusiera a consideración de las autoridades electorales la instrumentación del voto de personas en prisión preventiva, y con la aprobación de los formatos, se persigue garantizar ese derecho.
El INE, apuntó, está conformando la lista nominal de electores susceptibles de emitir su sufragio.
Karina Vaquera señaló que ese programa deriva de sentencias del tribunal, en el sentido de que las personas en prisión, que no han sido sentenciadas, tienen derecho a votar, pues están amparadas por el principio de presunción de inocencia.
El INE, añadió, ha realizado una prueba piloto en distintos centros de readaptación social, y para este año, también se considera al Estado de México.
En 2021, señaló, las personas privadas de su libertad eran 220 mil en el país, de las cuales un 94.3% son hombres y poco más del 5.7% mujeres; por lo cual, con los formatos se garantiza su derecho al sufragio.
Manual
Durante la sesión de este jueves el consejo General del IEEM también aprobó el Manual de Procedimientos de Órganos Distritales en materia de organización electoral, es decir, una guía para funcionarios electorales que incluye disposiciones para seis actividades, entre ellas: la entrega recepción de material electoral en los consejos distritales, la entrega en las casillas, la separación y sellado de boletas, recepción de paquetes electorales después de la jornada electoral, entre otras.